Desde el 12 de diciembre de 2017, entró en vigor el RD513/2017, por el cual los titulares de las instalaciones de protección contra incendios, deben solicitar cada 10 años una inspección a un Organismo de Control Autorizado (OCA), las instalaciones:
- En aparcamientos con superficie construida mayor o igual a 500 m2.
- En centros administrativos, con superficie construida mayor o igual a 2000 m2.
- En centros docentes, con superficie construida mayor o igual a 2000 m2.
- En centros comerciales, con superficie construida mayor o igual a 500 m2.
- En centros de pública concurrencia, con superficie construida mayor o igual a 500 m2.
- Y cualquier centro no regulado por el RD 2267/2004.
Por tanto, muchas comunidades de propietarios quedan afectadas por esta normativa, ya que disponen de aparcamientos o garajes con superficies construidas superiores a 500 m2, independientemente de las plazas de aparcamiento que existan.