Ático administración de fincas
instalaciones contraincendios

INSTALACIONES CONTRAINCENDIOS EN LA COMUNIDAD

Ático administración de fincas entiende que las instalaciones contraincendios en las comunidades de propietarios deben ser una prioridad para garantizar la seguridad de los habitantes y prevenir posibles siniestros. Una inversión que en este sentido siempre será rentable, pues la seguridad no tiene precio.

La normativa contraincendios es uno de los aspectos más importantes para garantizar la seguridad en cualquier edificio. Esta normativa establece una serie de medidas y requisitos necesarios para prevenir, detectar y sofocar cualquier incendio que pudiera producirse.

En este sentido cabe destacar que, desde el 12 de diciembre de 2017, entró en vigor el RD 513/2017, por el cual los titulares de instalaciones de protección contra incendios, deben solicitar cada 10 años una inspección a un Organismo de Control Autorizado (OCA), las instalaciones:

  • En aparcamientos con superficie construida mayor o igual a 500 m2.
  • En centros administrativos, con superficie construida mayor o igual a 2000 m2.
  • En centros docentes, con superficie construida mayor o igual a 2000 m2.
  • En centros comerciales, con superficie construida mayor o igual a 500 m2.
  • En centros de pública concurrencia, con superficie construida mayor o igual a 500 m2.
  • Y cualquier centro no regulado por el RD 2267/2004.

Como podemos observar, es de nuestro interés lo referente a los garajes de 500 m2 o más. Siendo obligatorio la revisión por parte de una OCA cada 10 años.

Por tanto, en el caso que el sistema contraincendios esté caducado o no cumple con lo requerido en el RD 513/2017, comunícalo a tu administrador.

Contacta con nosotros y te ayudaremos.